El organismo aseguró ante la SEC que las restricciones aplicadas a centrales fotovoltaicas responden a criterios preventivos para resguardar la estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional frente al aumento de generación renovable variable
El Coordinador Eléctrico Nacional defendió ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la legalidad y necesidad operacional de las consignas aplicadas a centrales solares durante periodos de alta generación fotovoltaica, luego de los cuestionamientos presentados por Acciona Energía respecto de la Guía Técnica CDC N°1-2024.
El organismo sostuvo que las instrucciones emitidas por el Centro de Despacho y Control responden a medidas preventivas destinadas a resguardar la seguridad y estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional, en momentos donde el crecimiento acelerado de las energías renovables comienza a complejizar la operación del sistema eléctrico chileno.
En un oficio fechado el 14 de mayo de 2026, el Coordinador explicó que durante 2025 se registraron eventos de subfrecuencia y sobrefrecuencia asociados al rápido incremento de generación solar, escenario que obligó a reforzar herramientas de control operativo.
Según detalló el organismo, desde diciembre comenzó a aplicar consignas de “colocación máxima de seguridad” a plantas fotovoltaicas en determinados horarios críticos, buscando evitar pérdidas de reservas y desbalances entre generación y demanda, especialmente en franjas donde la alta inyección solar puede generar riesgos de estabilidad para el SEN.
Organismo descarta vertimientos económicos y nuevas obligaciones
El Coordinador sostuvo además que estas medidas no corresponden a vertimientos económicos ni a prorratas por sobreoferta energética, sino a acciones preventivas basadas en proyecciones de generación a 15 minutos. En esa línea, el organismo descartó la interpretación de Acciona Energía respecto a que las consignas constituyan servicios complementarios no regulados, argumentando que las instrucciones operacionales forman parte de sus atribuciones permanentes de coordinación y operación en tiempo real del sistema eléctrico, reforzando las facultades del Coordinador para actuar frente a riesgos operacionales.
Asimismo, el organismo rechazó que la Guía Técnica CDC N°1-2024 implique nuevas obligaciones regulatorias para las empresas coordinadas. Según explicó, el documento solo busca transparentar y documentar criterios operacionales ya utilizados por el Centro de Despacho y Control, en línea con instrucciones previamente emitidas por el Panel de Expertos.
Debate energético vuelve a tensionar integración renovable
El Coordinador también descartó la procedencia de eventuales reliquidaciones económicas solicitadas por la empresa, señalando que las instrucciones fueron emitidas válidamente bajo el marco legal vigente y responden a necesidades reales de seguridad operacional.
El caso vuelve a instalar el debate sobre los desafíos que enfrenta el sistema eléctrico chileno para integrar mayores volúmenes de energías renovables variables, especialmente en un contexto donde la expansión solar comienza a modificar las dinámicas de operación del sistema eléctrico nacional.
La controversia además reflota discusiones sobre almacenamiento energético, flexibilidad operacional y capacidad de respuesta del SEN frente a variaciones abruptas de generación renovable. En paralelo, el sector eléctrico continúa evaluando ajustes regulatorios y tecnológicos para compatibilizar el crecimiento de proyectos solares con la estabilidad y seguridad del sistema.
